Se insta a la Comunidad Autónoma a tramitar los expedientes por incumpliento de las medidas de prevención y contención de la crisis sanitaria

El Pleno de Totana acordó, en su última sesión y por unanimidad, instar a la Comunidad Autónoma a tramitar los expedientes iniciados por los órganos inspectores de la localidad para que sean tramitados -según la tipificación de cada sanción con su correspondiente multa económica, que en todo caso será superior a 3.000 euros-.

Esta medida viene a dar cumplimiento a la normativa recogida en el decreto-ley nº 8/2020, de 16 de julio, por el que se establece el régimen sancionador por el incumplimiento de las medidas de prevención y contención en la región de Murcia para afrontar la situación de la crisis sanitaria ocasionada por el covid-19.

Además, se aprobó instar al Gobierno municipal para que establezcan puntualmente un sistema de control estricto y exhaustivo en el cumplimiento de las personas que se encuentren con medidas cautelares de cuarentena acordada por la autoridad sanitaria competente.

El acuerdo, promovido por el Grupo Municipal Popular con una enmienda adicional del Grupo Socialista, recogía solicitar al Ayuntamiento de Totana a que se lleve a cabo una labor de inspección para el cumplimiento de las medidas de prevención y contención  aplicables en la Región de Murcia para afrontar la situación sanitaria ocasionada por el covid-19.

La enmienda del Grupo Socialista se refería a instar a la Comunidad Autónoma para que establezca puntualmente un sistema de control estricto y exhaustivo en el cumplimiento de las  personas que se encuentren con medidas cautelares de cuarentena, mediante la contratación del número de rastreadores necesarios para que se pueda así descongestionar la gran carga de trabajo del personal sanitario de los dos centros de salud del municipio.

En el mencionado decreto-ley se establece el régimen sancionador por el incumplimiento de las medidas de prevención y contención en la región de Murcia para afrontar la situación de la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19 para hacer frente a la situación de crisis sanitaria derivada del COVID-19.

Esta norma con rango de ley establece un régimen sancionador propio y específico para el incumplimiento de las obligaciones establecidas como medidas de prevención, contención y aforo y en consecuencia de las obligaciones cuyo incumplimiento lleva aparejada la responsabilidad administrativa, mediante la cual se castiga la vulneración de dichas medidas y establece el procedimiento para su exigencia.

Mediante esta norma con rango de ley se prevé que el personal inspector, como también los policías locales, al extender el acta o denuncia pueden proponer la adopción de medidas provisionales, e incluso adoptarlas, de manera inmediata, en los supuestos de riesgo grave para la salud de las personas.

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