La Guardia Civil investiga a la conductora de un turismo por circular en sentido contrario y superando la tasa de alcoholemia

En la autovía RM-3 (Totana-Mazarrón)

Condujo en sentido contrario durante más de 2 km

Varios vehículos tuvieron que maniobrar bruscamente para evitar colisionar, hasta que finalmente colisionó con otro y un tercero se salió de la vía para no ser golpeado

Se le ha instruido diligencias como presunta autora de dos delitos contra la seguridad vial

La Guardia Civil de la Región de Murcia ha investigado a una conductora que fue detectada conduciendo en sentido contrario por la autovía RM-3 (Totana Mazarrón), a la que se le ha instruido diligencias como presunta autora de dos delitos contra la seguridad vial, por conducir de forma manifiestamente temeraria haciéndolo en sentido contrario al establecido y por conducir un vehículo a motor bajo la influencia de bebidas alcohólicas, en este caso triplicando la tasa máxima.

Los hechos tuvieron lugar durante la noche del pasado viernes, cuando el Centro Operativo de Tráfico (COTA) del Sector de Tráfico de la Guardia Civil de Murcia tuvo conocimiento de la ocurrencia de un siniestro vial en la autovía RM-3, que une Totana con Mazarrón, a la altura del término municipal de Mazarrón, en el que se hallaban implicados tres vehículos.

El Equipo de Atestados del Destacamento de Tráfico de Lorca se trasladó hasta el lugar y verificó que el accidente había consistido en una colisión por raspado positivo entre dos turismos y que, además, estaba implicado un tercero que realizó una maniobra evasiva para no colisionar con los anteriores, pero que no evitó que colisionará contra un hito kilométrico, produciéndose una persona herida leve y daños materiales en los vehículos implicados.

El accidente se había producido cuando el vehículo de la ahora investigada se incorporó indebidamente a la autovía RM-3 desde la salida de la Urbanización "Campo Sol", circulando sentido Totana por los carriles dirección a Mazarrón hasta la salida del Condado de Alhama, recorriendo más de 2 km en sentido contrario al estipulado, trayecto en el que colisionó con otro turismo que circulaba correctamente, cuya conductora resultó herida leve. Otro conductor de un tercer vehículo tuvo que realizar una maniobra evasiva para no colisionar con los anteriores, aunque resultó con daños materiales en el vehículo.

Una vez identificada la conductora que realizó la circulación por la vía en sentido contrario, se observó que presentaba síntomas evidentes de la ingesta de bebidas alcohólicas, por lo que se le practicaron las preceptivas pruebas de alcoholemia en las que arrojó un resultado positivo de 0,73 y 0,67 miligramos de alcohol por litro de aire espirado, superando el triple de la tasa máxima permitida que es de 0,25 mg/litro.

El Equipo de Atestados del Destacamento de Tráfico de Lorca instruyó diligencias por los hechos que han sido remitidas al Juzgado de Instrucción de Totana para la celebración del correspondiente juicio ordinario.

La investigada se le ha instruido diligencias como presunta autora de dos delitos contra la seguridad vial: uno por circular de forma manifiestamente temeraria (sentido contrario en autovía) poniendo en peligro concreto la vida o la integridad de otros usuarios; y otro por conducir un vehículo a motor bajo la influencia de bebidas alcohólicas, que ha sido puesta a disposición de la autoridad judicial competente.

Dos de los vehículos afectados, a consecuencia de los desperfectos sufridos, fueron retirados por grúas de auxilio en carretera. El tercer vehículo implicado pudo continuar su marcha. Todos los vehículos han quedado a disposición de la autoridad judicial.

El delito de conducción temeraria se encuentra recogido en el artículo 381 del Código Penal y puede ser castigado con penas de prisión de 2 a 5 años, multa de doce a veinticuatro meses y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores durante un período de seis a diez años.

El delito de conducción de un vehículo a motor bajo la influencia de bebidas alcohólicas, se encuentra recogido en el artículo 379 del Código Penal y puede ser castigado alternativamente con penas de prisión de 3 a 6 meses, multa de 6 a 12 meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días y en cualquier caso con privación de derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a 1 y hasta 4 años.

La Guardia Civil sigue reiterando su mensaje a aquellos conductores que de forma imprudente y temeraria, a pesar de las campañas y advertencias de la Dirección General de Tráfico, conducen después de haber bebido alcohol o tomado drogas, recordando que la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil sigue desarrollando su actividad específica de vigilancia de la seguridad vial durante las 24 horas del día, en especial en aquellas actividades de mayor riesgo, donde se practicarán las preceptivas pruebas de alcoholemia y drogas a todos los conductores que sean denunciados por la comisión de infracciones, implicación en accidentes o aquellos otros en que se detecte su consumo en el curso de otras actividades de vigilancia e inspección que se lleven a cabo.

Por otro lado, la Guardia Civil de la Región de Murcia apela a la conciencia cívica de la población o a otras entidades públicas, para que avisen al teléfono 062 (Guardia Civil), 112 (Emergencias) o directamente a las patrullas en servicio, cuando se encuentran con situaciones anómalas o maniobras irregulares que den lugar a pensar que los conductores lo hacen bajo la influencia de drogas o alcohol, con la finalidad de poder adoptar las medidas policiales oportunas para que estos vehículos sean interceptados y comprobado si sus conductores se encuentran en las condiciones adecuadas para circular con garantías de seguridad, evitando el consiguiente riesgo.

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